¿Cómo ser proveedor?

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¿Cómo registrarse como proveedor del estado?

Registro actualizado de los oferentes que pueden suplir artículos y/o servicios a las distintas Instituciones Gubernamentales en el ámbito de aplicación de la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones y su reglamento.

Es de manera gratuita y su plazo para la inscripción efectiva es de máximo 10 días hábiles. Los requisitos del mismo varían para persona física o jurídica, deben ser cumplidas adecuadamente para completar el registro y poder participar en los procedimientos de compras de entidades públicas

A continuación se detallan los requisitos para la inscripción de proveedores en sus distintas categorías. Adicionalmente, debe inscribirse como beneficiario en la Dirección General de Contrataciones Públicas, los requisitos lo puede encontrar aquí.


Para las personas físicas: 
  1. Completar el formulario de solicitud.
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del solicitante.
  3. Certificación de colegiatura, si procede.
  4. Declaración jurada donde certifique que no es un funcionario de primer y segundo nivel de jerarquía de las instituciones del Estado, y que no se encuentra afectado por las demás prohibiciones establecidas en el artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones.

Para las personas jurídicas:
  1. Completar el formulario de solicitud.
  2. Copia del Certificado del Registro Mercantil actualizado, registrado ante  la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
  3. Composición accionaria de la persona jurídica, debidamente registrada ante la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
  4. Lista de presencia y acta de la última Asamblea General Ordinaria   Anual, por la cual se nombre el actual Consejo de Administración, debidamente registrada ante la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
  5. Declaración jurada de la persona que corresponda, donde certifique que sus accionistas no son  funcionarios de primer y segundo nivel de jerarquía de las instituciones del Estado, y que no se encuentran afectados por las demás prohibiciones establecidas en el artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones.

Para Asociaciones sin fines de lucro:
  1. Completar el formulario de solicitud.
  2. Registro de incorporación emitido por la Procuraduría General de la   República, de la Procuraduría General de la Corte de Apelación correspondiente.
  3. Copia del Certificado de inscripción en el Centro Nacional de Fomento y
  4. Promoción a las Asociaciones sin fines de lucro del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo.
  5. Relación de su membresía.
  6. Declaración jurada donde certifique que sus miembros  no son  funcionarios de primer y segundo nivel de jerarquía de las instituciones del Estado, y que no se encuentran afectados por las demás prohibiciones establecidas en el artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones.

Para Cooperativas:
  1.  Completar formulario de solicitud.
  2.  Copia  registrada del Decreto de Incorporación de la cooperativa.
  3. Certificación de IDECOOP de la existencia de la cooperativa.
  4.  Nómina de asociados.
  5. Declaración jurada donde certifique que sus asociados  no son  funcionarios de primer y segundo nivel de jerarquía de las instituciones del Estado, y que no se encuentran afectados por las demás prohibiciones establecidas en el artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones.

Para Consorcios
  1. Completar el formulario de solicitud.
  2. Original del Acto Notarial por el cual se formaliza el consorcio, incluyendo su objeto, las obligaciones de las partes, su duración la capacidad de ejercicio de cada miembro del consorcio, así como sus generales.
  3.  Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado de cada una de las personas jurídicas que conforman el Consorcio.
  4. Prueba de que todas las personas jurídicas que integran el consorcio se encuentran al día en el pago de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
  5. Poder especial de designación del representante o gerente único del Consorcio autorizado por todas las empresas participantes en el consorcio.

*Notas:
  • Las personas naturales o jurídicas extranjeras deberán depositar los documentos que en su país de origen sean equivalentes a los que se les requieren a las personas naturales o jurídicas nacionales, debidamente traducidos al idioma español y Apostillados conforme al Convenio de La Haya o por el Consulado Dominicano del país de procedencia, según corresponda.
  • Para solicitar la inscripción o actualización del registro de proveedores, las personas físicas, jurídicas, asociaciones sin fines de lucro, cooperativas y empresas extranjeras deberán estar al día en sus impuestos.